El Permiso Que Otorga El Municipio Para Que Los Ciudadanos O Instituciones Puedan Llevar A Cabo Construcciones De Obra Nueva, Ampliaciones, Remodelaciones Y Demás Análogos, De Acuerdo A Lo Establecido En Los Planes O Programas Del Municipio.
El Permiso Que Otorga El Municipio Para Que Los Ciudadanos O Instituciones Puedan Llevar A Cabo Construcciones De Obra Nueva, Ampliaciones, Remodelaciones Y Demás Análogos, De Acuerdo A Lo Establecido En Los Planes O Programas Del Municipio.
En construcciones menores de 60.00 M2:
1.1 Documentos que acrediten la propiedad del inmueble, inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.
1.2 Identificación oficial del propietario y/o Representante Legal (INE)
(En caso de ser el solicitante presentar carta poder simple).
1.3 Recibo predial al corriente de pago.
1.4 Cuatro fotografías de diferentes ángulos del predio o vivienda.
1.5 Recibo de agua y drenaje al corriente.
1.6 Plano arquitectónico.
1.7 Planos estructurales (Dos juegos).
1.8 Croquis de localización.
En construcciones mayores de 60.00 M2 anexar:
1.9 Memoria Descriptiva del Proyecto.
1.10 Memoria de Cálculo.
1.11 Cedula Profesional el Identificación del D.R. Y C.
1.12 Planos arquitectónicos, debiendo cumplir con el reglamento los porcentajes de C.O.S , C.U.S., porcentajes de área de absorción y la norma para cajones de estacionamiento (Dos juegos).
1.13 Planos Estructurales (Dos juegos).
1.14 Planos de Instalaciones (Dos juegos). 1.15 Las autorizaciones necesarias de Gobierno Federal y Gobierno Estatal que apliquen en los términos de las leyes relativas.
Las autorizaciones necesarias de Gobierno Federal y Gobierno Estatal que apliquen en los términos de las leyes relativas.
Arq. Yesly María Esther Guzmán Vera