Trámites y Servicios

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Pago de impuesto sobre traslado de dominio

Descripción

Están obligados a pago del impuesto sobre traslación de dominio y otras operaciones con bienes inmuebles, las personas físicas o morales que adquieran inmuebles que consistan en el suelo, y las construcciones adheridas a él, ubicados en territorio del municipio de mineral de la reforma

Tipo de atención

A quién va dirigido

Tiempo de respuesta

Requiere inspección o verificación

Costo

¿Cuándo lo necesito?

Adjudicación de un predio y modificación al padrón catastral

El trámite o solicitud de servicio debe realizarse mediante:

No aplica

Requisitos:

1. Declaración de pago emitida por el notario por quintuplicado (sellado y firmado)
2. Escritura pública sellada y firmada
3. Avaluó catastral
4. Boleta predial al corriente
5. INE y
6. Constancia de situación fiscal actualizada del enajenante y adquiriente Levantamiento topográfico con coordenadas UTM

Datos que deben asentarse y documentos que deben adjuntarse al trámite o servicio:

Solicitud dirigida a la dirección de catastro municipal con hoja de acuse y anexar copias legibles de la siguiente documentación:

documento que ampare la propiedad (escritura pública y/o título de propiedad, debidamente inscrita en el registro público de la propiedad, resolución judicial, en su caso;
identificación oficial y curp del propietario;
constancia de numero oficial expedida por obras públicas (en su caso)
levantamiento topográfico con coordenadas utm, con la firma y cédula del responsable del levantamiento.
cuatro fotografías del predio de diferentes ángulos (fachada, interior, colindancias, construcciones en su caso)
si el predio no está inscrito en el registro público de la propiedad y el comercio, el poseedor deberá presentar los siguientes requisitos:
contrato de compra venta.
identificación oficial vigente del vendedor, del comprador y de los colindantes.
levantamiento topográfico con coordenadas utm, con la firma y cédula del responsable del levantamiento, firmado por todos sus colindantes.
constancia que acredite que el predio no pertenece al ejido. (emitida por el comisariado ejidal de la comunidad)
constancia de posesión no mayor a 3 meses.
constancia que acredite que el predio no pertenece a bienes del dominio público, áreas verdes ni de uso común. (expedida por obras públicas)
constancia que acredite que el predio no es propiedad del municipio.
cuatro fotografías del predio de diferentes ángulos (fachada, interior, colindancias, construcciones en su caso)

copias de Documentación:

1 copia de cada requisito

Fundamento legal

Ley de hacienda para los municipios.- art. 28 al art. 40

Vigencia del tramite

6 meses

Criterios

Que cumpla con todos los requisitos.

otras las unidades administrativas ante las que debe realizarse el trámite

No aplica

Horarios de atención

Lunes a Viernes de 08:30 a 16:30 horas

servidor público encargado de tramite

cargo de servidor público

domicilio