Trámites y Servicios

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Sucesión de figura de herrar para marcaje de ganado del municipio

Descripción

Cuando el titular nombra sucesor del titulo de marca del fierro de herrar y del ganado marcado con el mismo

Tipo de atención

A quién va dirigido

Tiempo de respuesta

Requiere inspección o verificación

Costo

¿Cuándo lo necesito?

El trámite de sucesión de figura de herrar se debe realizar en caso de fallecimiento del propietario, para transferir la figura a un heredero, o al dividir bienes durante el proceso de sucesión. Esto garantiza que la identificación del ganado se mantenga clara y legalmente válida.

El trámite o solicitud de servicio debe realizarse mediante:

No aplica

Requisitos:

Ser productor ganadero del municipio de Mineral de la Reforma

Datos que deben asentarse y documentos que deben adjuntarse al trámite o servicio:

1. Identificación oficial vigente del propietario.
2. CURP del propietario.
3. Identificación oficial del sucesor.
4. CURP del sucesor.
5. Hoja de registro con número de referencia.
6. Número de cabezas marcadas con esa figura.
7. Imagen de la figura de herrar.

copias de Documentación:

Original y 1 Copia

Fundamento legal

Artículo 13 de la Ley de Ingresos para el municipio de Mineral de la Reforma, Hidalgo, correspondiente al ejercicio fiscal 2022.

Vigencia del tramite

1 año

Criterios

Cumplimiento de la normativa y documentación completa

otras las unidades administrativas ante las que debe realizarse el trámite

No aplica

Horarios de atención

Lunes a Viernes de 08:30 a 16:30 horas

servidor público encargado de tramite

cargo de servidor público

domicilio